viernes, 20 de septiembre de 2013


Listado de los 42 medicamentos que se suministraban de manera gratuita y ahora estarán sujetos a 'copago'

 El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó una resolución del Ministerio de Sanidad que fija un listado de 42 medicamentos que se suministraban de manera gratuita y ahora estarán sujetos a un 'copago' del 10 por ciento, como máximo, del precio por envase.

Medicamentos con reservas singulares establecidas en el ámbito del Sistema Nacional de Salud consistentes en limitar su dispensación a los pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales, que quedan sometidos a aportación reducida del usuario.


Código Nacional

Nombre Presentación

688048

DIFICLIR 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 20 comprimidos.

663723

SAMSCA 15 mg. COMPRIMIDOS, 10 comprimidos.

663726

SAMSCA 30 mg. COMPRIMIDOS, 10 comprimidos.

885905

MIRENA 0,02 mg CADA 24 HORAS SISTEMA DE LIBERACIÓN INTRAUTERINO, 1 dispositivo intrauterino.

665772

ELONVA 100 microgramos SOLUCION INYECTABLE, 1 jeringa precargada de 0,5 ml.

665773

ELONVA 150 microgramos SOLUCION INYECTABLE, 1 jeringa precargada de 0,5 ml.

883108

COPEGUS 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 168 comprimidos.

756858

COPEGUS 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 28 comprimidos.

883009

COPEGUS 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 42 comprimidos.

792200

REBETOL 200 mg CAPSULAS DURAS, 140 cápsulas.


792242

REBETOL 200 mg CAPSULAS DURAS, 168 cápsulas.

650508

REBETOL 40 mg/ml SOLUCION ORAL, 1 frasco de 100 ml.

673688

RIBAVIRINA NORMON 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 168 comprimidos.

681790

RIBAVIRINA SANDOZ 200 mg CAPSULAS DURAS EFG, 168 cápsulas.

674172

RIBAVIRINA SANDOZ 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 168 comprimidos.

674166

RIBAVIRINA SANDOZ 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 42 comprimidos.

662851

RIBAVIRINA TEVA 200 mg CAPSULAS DURAS EFG, 168 cápsulas.

662850

RIBAVIRINA TEVA 200 mg CAPSULAS DURAS EFG, 140 cápsulas.

663704

RIBAVIRINA TEVA PHARMA BV 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 168 comprimidos.

663703

RIBAVIRINA TEVA PHARMA BV 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 42 comprimidos.

689402

RIBAVIRINA VEGAL 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 168 comprimidos.

764050

VALCYTE 450 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA., 60 comprimidos.

684655

INCIVO 375 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 168 comprimidos.

682555

VICTRELIS 200 mg CAPSULAS DURAS, 336 cápsulas.

665954

ZUTECTRA 500 UI SOLUCION INYECTABLE EN JERINGA PRECARGADA, 5 jeringas precargadas de 1 ml.

836577

SYNAGIS 100 mg POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE, 1 vial + 1 ampolla de disolvente.

836668

SYNAGIS 50 mg POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE, 1 vial + 1 ampolla de disolvente.

662369

TEMODAL 100 mg CAPSULAS DURAS, 20 cápsulas.

662368

TEMODAL 100 mg CAPSULAS DURAS, 5 cápsulas.

662371

TEMODAL 140 mg CAPSULAS DURAS, 20 cápsulas.

662370

TEMODAL 140 mg CAPSULAS DURAS, 5 cápsulas.

662372

TEMODAL 180 mg CAPSULAS DURAS, 5 cápsulas.

662367

TEMODAL 20 mg CAPSULAS DURAS, 20 cápsulas.

662366

TEMODAL 20 mg CAPSULAS DURAS, 5 cápsulas.

664203

TEMODAL 5 mg CAPSULAS DURAS, 5 cápsulas.

665819

TEMOMEDAC 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665818

TEMOMEDAC 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665821

TEMOMEDAC 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665820

TEMOMEDAC 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665822

TEMOMEDAC 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665817

TEMOMEDAC 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665816

TEMOMEDAC 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665823

TEMOMEDAC 250 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665815

TEMOMEDAC 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665831

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665830

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665833

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665832

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665834

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665829

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665827

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665835

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 250 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665826

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665825

TEMOZOLOMIDA HOSPIRA 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665799

TEMOZOLOMIDA SANDOZ 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665798

TEMOZOLOMIDA SANDOZ 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665805

TEMOZOLOMIDA SANDOZ 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

665803

TEMOZOLOMIDA SANDOZ 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

665808

TEMOZOLOMIDA SANDOZ 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

684868

TEMOZOLOMIDA SUN 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696517

Temozolomida SUN 100 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684754

TEMOZOLOMIDA SUN 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.


696519

Temozolomida SUN 100 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

684869

TEMOZOLOMIDA SUN 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696521

Temozolomida SUN 140 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684759

TEMOZOLOMIDA SUN 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

696520

Temozolomida SUN 140 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

684872

TEMOZOLOMIDA SUN 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696461

Temozolomida SUN 180 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684760

TEMOZOLOMIDA SUN 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

696462

Temozolomida SUN 180 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

684853

TEMOZOLOMIDA SUN 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696522

Temozolomida SUN 20 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684766

TEMOZOLOMIDA SUN 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

696523

Temozolomida SUN 20 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

684873

TEMOZOLOMIDA SUN 250 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696515

Temozolomida SUN 250 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684767

TEMOZOLOMIDA SUN 250 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

696516

Temozolomida SUN 250 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

684867

TEMOZOLOMIDA SUN 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

696524

Temozolomida SUN 5 mg capsulas duras EFG, 20 cápsulas.

684768

TEMOZOLOMIDA SUN 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

696525

Temozolomida SUN 5 mg capsulas duras EFG, 5 cápsulas.

664671

TEMOZOLOMIDA TEVA 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

664670

TEMOZOLOMIDA TEVA 100 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

664674

TEMOZOLOMIDA TEVA 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

664673

TEMOZOLOMIDA TEVA 140 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

664675

TEMOZOLOMIDA TEVA 180 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

664669

TEMOZOLOMIDA TEVA 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 20 cápsulas.

664668

TEMOZOLOMIDA TEVA 20 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

664676

TEMOZOLOMIDA TEVA 250 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

664667

TEMOZOLOMIDA TEVA 5 mg CAPSULAS DURAS EFG, 5 cápsulas.

697757

Capecitabina Accord 150 mg comprimidos recubiertos con pelicula 60 comprimidos.

697764

Capecitabina Accord 500 mg comprimidos recubiertos con pelicula 120 comprimidos.

695768

CAPECITABINA ACTAVIS 150 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 60 comprimidos.

695769

CAPECITABINA ACTAVIS 500 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 120 comprimidos.

697407

CAPECITABINA FRESENIUS KABI 150 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 60 comprimidos.

697406

CAPECITABINA FRESENIUS KABI 500 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 120 comprimidos.

698180

CAPECITABINA SANDOZ 500 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA EFG, 120 comprimidos.

686774

XELODA 150 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 60 comprimidos.

686782

XELODA 500 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 120 comprimidos.

779652

GLIVEC 100 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 60 comprimidos.

741975

GLIVEC 100mg CAPSULAS DURAS, 120 cápsulas.

779660

GLIVEC 400 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

662980

IRESSA 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

652160

TARCEVA 100 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

652161

TARCEVA 150 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

652159

TARCEVA 25 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

656864

SUTENT 12,5 mg CAPSULAS DURAS, 30 cápsulas.

656863

SUTENT 25 mg CAPSULAS DURAS, 30 cápsulas.

656865

SUTENT 50 mg CAPSULAS DURAS, 30 cápsulas.

656938

NEXAVAR 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 112 comprimidos.

652769

SPRYCEL 50 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 56 comprimidos.

656939

SPRYCEL 20 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 56 comprimidos.


652751

SPRYCEL 70 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 56 comprimidos.

661144

TYVERB 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 140 comprimidos.

665955

TYVERB 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 140 comprimidos.

665944

TASIGNA 150 mg CAPSULAS DURAS, 112 cápsulas.

660235

TASIGNA 200 mg CAPSULAS DURAS, 112 cápsulas.

663793

AFINITOR 10 mg COMPRIMIDOS, 30 comprimidos.

663792

AFINITOR 5 mg COMPRIMIDOS, 30 comprimidos.

684619

VOTUBIA 2,5 mg COMPRIMIDOS, 30 comprimidos.

684617

VOTUBIA 5 mg COMPRIMIDOS, 30 comprimidos.

665806

VOTRIENT 200 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

665807

VOTRIENT 400 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 60 comprimidos.

665781

SIKLOS 1.000 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 30 comprimidos.

687105

SIKLOS 100 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 60 comprimidos.

926410

TARGRETIN 75 mg, CAPSULAS BLANDAS, 100 cápsulas.

683759

ZYTIGA 250 mg COMPRIMIDOS, 120 comprimidos.

741496

PEGINTRON 100 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 1 pluma precargada.

741710

PEGINTRON 120 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 1 pluma precargada.

741777

PEGINTRON 150 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 1 pluma precargada.

873018

PEGINTRON 50 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE, 1 vial + 1 ampolla de disolvente.

740753

PEGINTRON 50 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 1 pluma precargada.

741066

PEGINTRON 80 microgramos POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 1 pluma precargada.

677727

PEGASYS 135 microgramos SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 4 plumas precargadas de 0,5 ml.

677728

PEGASYS 180 microgramos SOLUCION INYECTABLE EN PLUMA PRECARGADA, 4 plumas precargadas de 0,5 ml.

747956

PEGASYS, 135 microgramos, SOLUCION INYECTABLE EN JERINGA PRECARGADA, 4 jeringas precargadas de 0,5 ml.

748095

PEGASYS, 180 microgramos, SOLUCION INYECTABLE EN JERINGA PRECARGADA, 4 jeringas precargadas de 0,5 ml.

693932

ORENCIA 125 mg solucion inyectable, 4 jeringas precargadas de 1 ml.

684644

ENBREL 10 mg POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE PARA USO PEDIATRICO, 4 viales + 4 jeringas precargadas de disolvente.

839282

ENBREL 25 mg POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE, 4 viales + 4 jeringas precargadas de disolvente.

655950

ENBREL 25 mg SOLUCION INYECTABLE EN JERINGAS PRECARGADAS, 4 jeringas precargadas de 1 ml.

655949

ENBREL 25 mg/ml POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE PARA USO PEDIATRICO, 4 viales + 4 jeringas precargadas de disolvente.

655953

ENBREL 50 mg SOLUCION INYECTABLE EN JERINGAS PRECARGADAS, 4 jeringas precargadas de 1 ml.

663133

ENBREL 50 mg SOLUCION INYECTABLE EN PLUMAS PRECARGADAS, 4 plumas precargadas de 1 ml.

664247

CIMZIA 200 mg SOLUCION INYECTABLE, 2 jeringas precargadas de 1 ml.

665779

STELARA 45 mg SOLUCION INYECTABLE EN JERINGA PRECARGADA, 1 jeringa precargada de 0,5 ml.

662133

STELARA 45 mg SOLUCION INYECTABLE, 1 vial de 0,5 ml.

651197

BONDRONAT 50 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELICULA, 28 comprimidos.

682806

XGEVA 120 mg SOLUCION INYECTABLE, 1 vial de 1,7 ml.

672225

SATIVEX 2,7 mg/2,5 mg SOLUCION PARA PULVERIZACION BUCAL, 3 envase de 10 ml.

652563

XOLAIR 150 mg POLVO Y DISOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE, 1 vial + 1 ampolla de disolvente.

662444

XOLAIR 150 mg SOLUCION INYECTABLE, 1 jeringa precargada de 1 ml.

662443

XOLAIR 75 mg SOLUCION INYECTABLE, 1 jeringa precargada de 0,5 ml.

909713

VISUDYNE 15 mg POLVO PARA SOLUCION PARA PERFUSION, 1 vial.

689247

LACTEST 0,45 g POLVO PARA SOLUCION ORAL, 1 sobre.

NOTA SOS Sanidade pago medicament​os hospitalar​ios

 
Ante a resolución do Ministerio de Sanidade que establece o pago farmacéutico para os pacientes non hospitalizados a partir do 1 de outubro e que inclúe medicamentos para atrasar a progresión en cancro de mama avanzado, cancro de rin, tumores cerebrais,  leucemia mieloide crónica e outros tumores,  a Plataforma SOS Sanidade Pública quere comunicar que a medida, ademais de ferir a sensibilidade da maioría social, resulta:
 
1.- Inxusta xa que supón un novo imposto que grava a utilización de medicamentos ás persoas con enfermidades crónicas e de extrema gravidade, cuxa saúde pode sufrir un grave quebranto si non as toman. Resulta paradoxal a aplicación desta nova taxas que afectará fundamentalmente aos grupos sociais máis débiles mentres de manteñen as desgravacións fiscais aos sectores economicamente máis poderosos ou se amnistía aos defraudadores.
 
2.-Contraria á Constitución e á Lei Xeral de Sanidade que garanten o acceso á atención de saúde en condicións de igualdade. Este novo copago supón unha nova barreira para o acceso ao tratamento a persoas con graves problemas de saúde, que repercuten na maioría dos casos sobre a súa capacidade económica, nuns momentos en que a crise está reducindo a capacidade adquisitiva de toda a poboación.
 
3.- Irracional por que terá unha escasa capacidade recaudatoria para o sistema e desde logo non modulará a utilización inadecuada do mesmo, dado que a responsabilidade da prescrición destes tratamentos están en mans do persoal hospitalario sen que o paciente inflúa para nadar na mesma. 
 
4.- Chapuceira xa que carece de memoria económica que especifique cal será a súa capacidade recaudatoria. Tampouco se coñece como se calculará a achega dos pacientes dada a diversidade de envases hospitalarios.
  

5.- Facemos un chamamento á Consellería de Sanidade para que free a aplicación da mesma nos hospitais galegos, dado que pode repercutir de xeito moi importante sobre a saúde de moitas persoas con graves problemas de saúde

 
 
www.sos-sanidadepublica.org
 
 

miércoles, 28 de agosto de 2013


La Dirección de Enfermería de la Gerencia de Gestión Integrada de Ourense, se convierte en el peor enemigo de su personal.

lunes, 26 de agosto de 2013


Discrimina​ción sanitaria pensionist​as galegos

Recentemente publicouse polo Ministerio de Emprego e Seguridade Social unha información sobre o importe medio que perciben os pensionistas nas diferentes Comunidades Autónomas. Desde a Asociación Galega para a Defensa dá Sanidade Pública queren alertar de que, de acordo co esta información, en Galicia a pensión media é de 721,78 euros ao mes, un 16% inferior a pensión media do Estado que está en 858,1 euros mensuais. Pero ademais Galicia ocupa o último posto das 17 comunidades autónomas, moi lonxe do Pais Vasco, Madrid e Asturias cuxos pensionistas perciben unha pensión un 30% superior.
 
Ademais desta desigualdade económica na contía das pensións, a introdución do copago polos medicamentos que antes eran gratuítos e que consumen na súa gran maioría por motivos de idade supuxo unha nova discriminación e unha importante redución no seu escaso nivel de renda (os pensionistas na súa gran maioría padecen enfermidades crónicas polo que consumen un 30% máis medicamentos que o restos da poboación).
 
Recentes estudos demostran que os pensionistas pagan unha media de 11,18 euros ao mes por medicamentos. Como o 61,4% dos mesmos teñen parella que non percibe outra pensión, o pago mensual por medicamentos das unidades familiares de pensionistas ascende a 22,36 euros ao mes, o que supón unha redución do 3% na súa renda.
 
Si a estes copagos engadimos o pago polos medicamentos aos que o Goberno retirou todo o financiamento e que consumen sobre todo os enfermos crónicos (para a tose, o estrinximento, as diarreas, as dores de pernas, etc)., próteses e cadeiras de rodas, traslados en ambulancias para recibir rehabilitación ou tratamentos nos hospitais, ou medicamentos especiais, a redución da renda polo copago dos pensionistas galegos pode supoñer entre un 3 e un 5% da mesma, algo tremendamente inxusto e que incrementa a situación de penuria económica deste colectivo.
 
Desde AGDSP volven esixir a retirada duns copagos na sanidade e unha revisión ao alza das pensións.
 
Pensión media en euros/mes CCAA
País Vasco
1.059,58
Madrid
1.015,86
Asturias
1.013,85
Navarra
976,22
Aragón
894,76
Cantabria
893,3
Cataluña
887,06
Castilla y León
838,02
La Rioja
824,21
Canarias
802,13
Castilla-La Mancha
800,14
Comunidad Valenciana
789,41
Baleares
785,94
Andalucía
779,98
Murcia
756,83
Extremadura
724,87
Galicia
721,78
Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Socia Agosto 2013
 
Asociacion Galega para a Defensa da Sanidade Pública
26 agosto 2013

viernes, 9 de agosto de 2013


La FADSP critica un estudio de la Fundación BBVA sobre el SNS por la "falta de rigor" y el "sesgo ideológico"

La investigación señala que el gasto sanitario público crecerá a una tasa media anual del 4,4% de 2013 a 2016

La Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública (FADSP) ha criticado el estudio 'El sistema sanitario público en España y sus comunidades autónomas: sostenibilidad y reformas', financiado por la Fundación BBVA, porque, a su juicio, tiene "falta de rigor" y "sesgo ideológico" tanto en la metodología como en sus resultados.

   En concreto, la investigación asegura que el gasto sanitario público podrá crecer a una tasa media del 4,4 por ciento de 2013 a 2016 e indica que la economía debería aumentar un mínimo del 1,4 por ciento anual para garantizar la sostenibilidad del sistema sanitario. Por ello, el estudio reclama reformas para controlar el gasto.

   Estas afirmaciones han sido rechazadas por la FADSP ya que, según ha asegurado, parte de unas "premisas falsas" que "parece mentira" que sean sustentadas por economistas. Y es que, según ha advertido, se utilizan series históricas que acaban en 2010 por lo que, a su entender la tendencia "no incluye" el periodo de crisis económica.

   "La previsión que se hace está sesgada y no se corresponde con la realidad. Es bien conocido que entre 2010 y 2013 los presupuestos sanitarios de las comunidades per cápita han experimentado una disminución del 11,4 por ciento, con decrecimiento promedio anual del 3,91 por ciento. Es decir, la previsión no sólo no se está cumpliendo, sino que sucede todo lo contrario porque en lugar de un aumento del gasto sanitario estamos ante una disminución del mismo", ha señalado la federación.

   En este sentido, la FADSP ha recordado que, en junio, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) señaló que el gasto sanitario español está en "clara disminución", por lo que se sitúa por debajo del promedio de la organización y, además, ha disminuido desde 2009, "pasando de ser el 74,9 por ciento del gasto total en este año al 73 por ciento en 2011", con un crecimiento negativo de -1,2 por ciento en 2010 y de -4,3 por ciento en 2011, mientras el gasto sanitario total en porcentaje sobre el PIB "también disminuye 0,3 puntos porcentuales en 2011", situándose en el promedio de la OCDE.

EL GASTO SANITARIO EN ESPAÑA "NUNCA ESTUVO DESCONTROLADO"

   Dicho esto, la Federación ha recordado que el crecimiento del gasto sanitario en España "nunca estuvo descontrolado" y ha comentado que en el año 2008 la OCDE señalaba que el crecimiento del gasto sanitario anual en los últimos diez años era en España del 2,7 por ciento frente al 4,1 por ciento del promedio de los países de la organización.

   "Los datos conocidos demuestran que lejos de producirse este incremento continuo del gasto sanitario que señala el informe está ocurriendo justamente lo contrario ya que desde hace años, a partir de 2009, se ha entrado en una disminución del gasto sanitario público, que además es mayor que la contracción del PIB. Resulta llamativo que se publique en agosto de 2013 un informe que ignore estos datos y dice muy poco del rigor del mismo", ha apostillado.

   Por otra parte, la federación ha avisado de que otro de los "problemas" del estudio es el "sesgo ideológico" expresado en la introducción. En concreto, ha proseguido, los autores han utilizado una referencia "moderna" -- "Aristóteles, siglo IV antes de nuestra era"-- intentando colocarse "en lo que ellos entienden como justo medio" y, ha recalcado, creando de una manera "artificial" dos supuestos "enemigos" del SNS, "caricaturizando" sus posiciones con una "notable" ausencia de moderación.

   "En realidad estamos ante una de las posiciones ideológicas que fomentan la privatización que está presente en España desde hace mucho tiempo, al menos desde el Informe Abril de 1991.

Amparándose en unas supuestas evidencias científicas, en algunos casos tan inexistentes como las que han señalado sobre tendencias de gasto sanitario, plantean soluciones inscritas en un paradigma nunca demostrado, las supuestas ventajas de la introducción de incentivos de mercado y de la competencia en la provisión de los servicios sanitarios. Como siempre estos planteamientos se encubren en declaraciones genéricas como la búsqueda de una mejora de la eficiencia que todo el mundo desea pero que hay planteamientos, como los privatizadores, que la practica ha demostrado que avanzan en sentido opuesto", ha zanjado la FADSP.

Fuente:  europapress.es

lunes, 29 de julio de 2013


La FADSP rechaza el RD 576/2013 ‪#‎ExclusiónSanitaria‬

El sabado pasado el BOE publico el Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud , que es que regula el acceso a las prestaciones del Sistema... Nacional de Salud para las excluidas por el RD Ley 16/2012 (es decir los inmigrantes no regularizados y los que declaran rentas superiores a 100.000 € /año).

El RD establece unas contraprestaciones economicas ( de 60 € mes a los menores de 65 años y de 157€/mes a los mayores de esta edad) que son unas cuantias solo pensadas para favorecer a los seguros privados, a algunos de los cuales superan economicamente, y por supuesto hacen inaccesible estos convenios a quienes tienen una mala situación economica (la inmensa mayoria, por no decir la totalidad, de las personas en situación de inmigracion irregular)

Por otro lado el mismo RD deja claro que solo se genera el derecho al acceso a la cartera comun basica, es decir no a la cartera complementaria y suplementaria (por ej no a los medicamentos aunque sea con copagos9 lo que hace aun mas absurda esta opcion.

Desde la FADSP queremos volver a denunciar que estamos ante una inaceptable simulación que deja desprotegisas a un numero muy importante de personas en nuestro pais, y que ademas, esta pensada para incitar a la suscripción de seguros privados. Una vez mas el Ministerio de Sanidad desprecia la salud de las personas en aras a favorecer las alternativas privatizadoras de asistencia sanitaria

FEDERACION DE ASOCIACIONES PARA LA DEFENSA DE LA SANIDAD PUBLICA
 

COMUNICADO DE LA MESA EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA DE MADRID AL TSJM

COMUNICADO URGENTE DIRIGIDO AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

Ante la sorprendente publicación del 24 de julio de 2013, del veredicto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que levanta la suspensión cautelar de los pliegos de licitación, solicitada por el PSOE, pliegos que abren el proceso de privatización de seis hospitales de Madrid, la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Madrid (MEDSAP), emite el siguiente comunicado dirigido directamente a dicho Tribunal.

Conscientes de lo que está pasando y lo que nos estamos jugando, expresamos nuestra más absoluta incomprensión y nuestro más firme rechazo a dicha sentencia que consideramos muy poco argumentada y escasamente cumplidora con lo que una sociedad, abocada a la indefensión en medio de un modelo político ilegitimo y que ha saltado todas las líneas rojas, espera de un poder independiente del Estado de Derecho que está para defender al pueblo soberano; esta sentencia no protege a un pueblo que ya entra en el dique seco en términos sanitarios, ni a un Servicio Público que garantizaba calidad y universalidad, y donde día a día se perciben serios problemas que atentan contra los derechos humanos más básicos, como es el derecho a la vida y a la salud.

Esta situación se ha creado de forma programada por todos los recortes practicados para salvar las deudas generadas por la permisividad política a los poderosos a quienes quieren dar, sin ninguna decisión sustentada por el más mínimo atisbo de democracia y con toda suerte de falsedades, una clientela cautiva que acabará siendo una población obligada a la marginalidad sanitaria como ya se empieza a percibir con ancianos, enfermos crónicos, inmigrantes, parados de larga duración. Y lo hacen solapadamente, pero con total claridad con el compromiso de su enriquecimiento fácil y el compromiso de que si no lo logra, se subsanará de nuevo con el dinero público que ahora maneja el Partido Popular de forma irresponsable.

Por las razones que nos dan nuestro convencimiento democrático y las que aportamos antes, no aceptamos que dicho TSJM no pare inmediatamente dichos pliegos para que no siga adelante este proyecto descerebrado, inhumano y deslegitimado; tampoco que en contrario levante la suspensión cautelar atendiendo únicamente a las zafias alegaciones de la Consejería de Sanidad que tanto daño está haciendo.

Rechazamos de forma frontal que el TSJM pivote su fallo únicamente en una alegación tan pueril, pero sobre todo tan fuera del juego democrático, como la que alega dicha Consejería de Sanidad refiriéndose al PSOE de Madrid que presentó esta denuncia, al decir que “no les otorga la disposición de un <interés legítimo> máxime cuando actúan en su propio nombre y derecho y como simples usuarios de los seis hospitales cuya gestión sanitaria especializada se saca a concurso, sin que se atisbe ni se acredite en qué medida la concesión de tal gestión les puede afectar negativamente”. “Los pretendidos actores carecen de la legitimación activa que dicen ostentar, por lo que procede declarar la inadmisión de su recurso contencioso-administrativo”, concluye.

Suponemos que no hay que recordar a ese Tribunal que el PSOE es el principal partido de la oposición y que como tal representa a un porcentaje de madrileños y madrileñas ¿Puede haber más legitimación activa?; y que por otra parte es obvio que, tanto los representados, como los representantes, son “per se“ usuarios de la Sanidad Pública, antes, después o permanentemente y que evidentemente por ello estos hechos les afectan directamente pues están siendo objeto de un expolio con total impunidad y sin su permiso. En este sentido afirmamos que para la MEDSAP este fallo no tiene ningún rigor; frente a la ciudadanía esta resolución tiene muy escaso valor como trabajo jurídico; lo que por otra parte nos llena de incertidumbres, dudas y malos pensamientos que queremos esclarecer.

Exigimos que ese TJSM  no vea sólo los papeles cogidos por la punta y entre en el meollo fundamental de la cuestión de lo presentado por el PSOE, esamodificación de última hora que hizo la Consejería de Sanidad en las condiciones de los contratos. Solo cuatro días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas, el Boletín Oficial publicó como corrección de errores un cambio sustancial en la garantía que deben presentar los adjudicatarios, que es del 5% del valor del contrato. Sanidad incluyó la palabra “anual” en el texto de los pliegos, lo que se traduce en la práctica en una reducción del 90% del aval, puesto que el contrato de concesión es por 10 años. En lugar de aportar más de 200 millones, las empresas solo tienen que proveer 28 millones. Esta fórmula se practica aquí de forma totalmente caprichosa para entregar, si o si y sin garantías para la población, nuestra Sanidad Pública que no la suya. Eso es lo que pedimos que evalúe cual corresponde a ese Tribunal.

No hay que ser muy linces para ver, cómo se pretenden entregar, de cualquier forma con reparto de botín y sin importar lo más mínimo la opinión de todos los colectivos afectados: usuarios, pacientes, ciudadanos, profesionales y sindicatos, una Sanidad Pública y Universal que hemos construido entre todos y que ellos, P.P. – Consejería, no pueden vender y transformar en mero aseguramiento privado a unos intereses muy claros de enriquecimiento a corto, además de hacerlo con dinero adelantado de nuestros bolsillos públicos y sin nuestro consentimiento.

En relación al fallo que no aceptamos por insustancial e irreal, el TSJM hubiera debido aplicar también el argumento al contrario y eliminar de un plumazo el poder que se ha otorgado el Partido Popular, a través de su Consejería de Sanidad, para vender, privatizar y expoliar nuestra Sanidad Pública. El TSJM debe aplicar la misma fórmula y deslegitimar de oficio este proceso de venta de bienes comunes y el cambio de modelo público a aseguramiento privado atentando contra la propia Constitución por cuestiones ideológicas y mercantiles privadas. Si el PSOE no es usuario, ellos (el P.P.) no son dueños y nadie les ha permitido vender nada común ni público, menos con los votos logrados, mediante un programa electoral engañoso. El TSJM debe por lo tanto aplicar, con igual criterio, de oficio y por justicia, una misma vara de medir para ambas partes y no decantarse de forma banal en una mera respuesta de artificio poco democrática.

En cualquier caso advertimos que la MEDSAP puede reunir miles de firmas de usuarios que apoyen individualmente esta demanda, si fuera necesario, pero consideramos que este Tribunal, como no puede ser de otra forma, atenderá las justas razones que exponemos y que no hay que esperar a “las meras expectativas contra supuestos agravios futuros o potenciales (que) no bastan para reconocer la legitimación activa”. Esas ya se han venido produciendo, en aquellos hospitales en los que se ha practicado este método ilegitimo de venta de un servicio público sanitario. ¿Tenemos que esperar a unos casos “ a lo Madrid Arena” para que nos ayuden a defender nuestra vida y a proteger nuestra Sanidad Pública de la que estamos tan orgullosos?

La Mesa en Defensa de la Sanidad Pública de Madrid (MEDSAP), está formada por numerosos colectivos vecinales, ciudadanos, sociales, profesionales y sindicales y no va a dejar que por el capricho de la avaricia se destruya nuestro patrimonio y se atente con total impunidad contra nuestra vida y salud.

MESA EN DEFENSA DE LA SANIDAD PÚBLICA DE MADRID
(MEDSAP)

viernes, 26 de julio de 2013


Nota AGDSP accidente ferroviari​o Galicia

A Asociacion Galega para a Defensa da Sanidade Pública (FADSP) quere transmitir a súa máis sentido pésame e solidariedade ás vítimas e familiares do accidente de tren que se produciu onte á noite nas inmediacións de Santiago de Compostela.
 
Esperamos que se esclarezan as causas de devandita traxedia co fin de aprender, mellorar e intentar evitar que volva producirse un feito tan lamentable.
 
Quen nos dedicamos á sanidade publica e a súa defensa e posta en valor admiramos o solidario apoio da poboación e o bo funcionamento dos Servizos Públicos ante unha traxedia de tal magnitude (Servizos de Urxencias, Médicos, Enfermería, Celadores, Auxiliares, Bombeiros, Policía, etc). Iso demostra, unha vez máis, o imprescindibles que son nos momentos críticos, uns Servizos Públicos de calidade.
 
Os servizos da Sanidade Pública son algo que no día a día da enfermidade os pacientes e os seus familiares valoran ben, pero que nos momentos nos que enormes e caros recursos tecnolóxicos, dotacionais e humanos deben poñerse en marcha con áxil despregue, a súa importancia resulta vital; e vital significa que salvan vidas. 
 
Ninguén se imaxina recursos privados abordando nin de lonxe este tipo de urxencias tan dolorosas, custosas e imprescindibles polo que unha vez máis se demostra que os recortes en sanidade e en recursos públicos deste tipo son absolutamente reprobables.
 
Asociacion Galega para a Defensa da Sanidade Pública