Los 310.000 metros cuadrados de suelo cedidos en su momento y en los que se ubica el Psiquiátrico de Toén, nunca podrán ser dedicados a otra finalidad que no sea la médico asistencial, según refleja el documento notarial de 3 de mayo de 1958 al que ha tenido acceso Ourense Dixital.
El documento establece claramente que la finalidad de las 31 hectáreas, 46 áreas y 15 centiáreas que el Concello de Toén cedió al Estado a través, primero de la Deputación de Ourense y luego del Ministerio de la Gobernación en representación del Gobierno español, nunca podrán tener otra finalidad que la del propio Psiquiátrico o cualquier otra de tipo médico asistencial.
El documento establece claramente que la finalidad de las 31 hectáreas, 46 áreas y 15 centiáreas que el Concello de Toén cedió al Estado a través, primero de la Deputación de Ourense y luego del Ministerio de la Gobernación en representación del Gobierno español, nunca podrán tener otra finalidad que la del propio Psiquiátrico o cualquier otra de tipo médico asistencial.
El documento suscrito por el alcalde de Toén, el presidente de la Deputación y el gobernador civil de la provincia el 3 de mayo de 1958 ante el notario del Colegio de A Coruña, Emilio Torrado André, recoge el cambio operado por el Estado en la primera finalidad que tuvieron los terrenos, el de "una Leprosería para la región Noroeste de España". Ya que la cesión de los terrenos está escriturada el 1 de junio de 1944, y la finca, ubicada en el Monte Comunal "Alongos" de este municipio, fue registrada por el Ministerio de la Gobernación con el número 8.587, inscripción 1ª, tomo 44, folio 151 del Registro de la Propiedad de Ourense.
Cuando tal cambio de finalidad de los terrenos se hizo, existían ya varias construcciones que también hubieron de variar sus cometidos y finalidad.
Cuando en 1958, 14 años después de la firma da la cesión de los terrenos, se cambia la finalidad inicial con la que la misma hiciera el Concello de Toén, se hace constar que "circunstancias de orden sanitario nacional han aconsejado variar el destino de las edificaciones construidas y por construir /.../ para instalar un centro de asistencia psiquiátrica bajo la dependencia del Patronato Nacional de Asistencia Psiquiátrica".
Aunque en el documento no se descarta y se recoge que, "en el futuro, tal destino pudiera variar si las circunstancias lo impusiesen", sólo se podría instalar en las 31 hectáreas de suelo cedidas por el Concello de Toén "cualquier centro de tipo médico asistencial".
Aunque en el documento no se descarta y se recoge que, "en el futuro, tal destino pudiera variar si las circunstancias lo impusiesen", sólo se podría instalar en las 31 hectáreas de suelo cedidas por el Concello de Toén "cualquier centro de tipo médico asistencial".
El documento de 3 de mayo de 1958 que ratificaron los entonces alcalde de Toén, Perfecto Fernández Piñeiro, el presidente de la Deputación de Ourense, José Rodríguez de Dios, y el gobernador civil de la provincia en representación del Ministerio de la Gobernación, José Luis Albert Rodríguez, incide finalmente en el cometido que han de tener las 31 hectáreas cedidas por el Concello de Toén. El notario establece que las firmas de los anteriormente mencionados "modifican tales términos (los de la primera escritura de 1 junio de 1944 de cesión para una Leprosería) en el sentido de que los terrenos donados podrán ser destinados por el Estado a Sanatorio Psiquiátrico o a cualquier otra atención de tipo médico asistencial según las conveniencias sanitarias".
FUENTE: http://www.ourensedixital.com/_novas/11/08/05_01.htm
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